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ACTUALIZACIÓN ECONÓMICA 2008
Los siguientes beneficios se presentan a manera de resumen. Para ampliar la información por favor diríjase al cuadernillo “Acta de Acuerdo Convencional entre EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P. y SINPROESP”
FONDO DE PROMOCIÓN A LA VIVIENDA:
De acuerdo con lo pactado en la negociación de diciembre de 2006 entre SINPROESP y EPM Telecomunicaciones, el monto total del Fondo de Promoción a la Vivienda será incrementado significativamente y podremos evacuar todas las solicitudes que están pendientes por aprobación hasta la fecha (Enero de 2008).
SALARIOS:
El salario básico de todo el personal de trabajadores será incrementado a partir del primero (1o) de enero de dos mil ocho (2008), en un porcentaje igual al Índice Nacional de Precios al Consumidor –IPC- certificado por el DANE para el año 2007, más un punto (1%).
Aumento Salarial: IPC 2007 (5.69) + 1% = 6.69
PRESTACIONES ECONÓMICAS LEGALES Y EXTRALEGALES
BENEFICIO |
VALOR 2008 |
PRIMA DE MATERNIDAD Y ABORTO |
En caso del nacimiento o el aborto de un hijo, se pagará al una prima equivalente a la suma de $ 178.997. |
PRIMA DE MATRIMONIO |
Se pagará a los trabajadores una prima equivalente a la suma de $ 241.432 y otorgarán un descanso remunerado de cinco (5) días hábiles. |
PRESTACIONES EN MATERIA DE SALUD
BENEFICIO |
VALOR 2008 |
BENEFICIO PARA LENTES Y MONTURA |
En caso de que el médico u optómetra ordene lentes o cambio de los mismos, se reconocerá a los trabajadores el valor total de los lentes para anteojos.
De igual manera se costeará, y por una sola vez durante todo el tiempo de vinculación con la Empresa, un auxilio para montura que será hasta $198.844 si un trabajador en ejercicio de sus funciones sufre daño de la montura o sus lentes, tendrá derecho a su cambio total, en las mismas condiciones aquí señaladas.
En el evento en que el cambio de lentes ordenado al trabajador traiga como consecuencia necesaria el reemplazo de la montura, la empresa asumirá su valor hasta por la suma de $79.537. |
AYUDA PARA ORTODONCIA |
Se reconocerá a los trabajadores amparados por la presente Acta de Acuerdo Convencional, por una sola vez durante todo el tiempo de vinculación con la Empresa, un auxilio por una suma hasta $ 471.978 por cada hijo o hijastro, afiliado por el trabajador al Sistema de Seguridad Social en Salud (EPS), Ley 100 de 1993. |
AYUDA PARA LA COMPRA DE MEDICAMENTOS NO CUBIERTOS POR EL PLAN OBLIGATORIO DE SALUD |
Para trabajadores que devenguen hasta 3 SMLMV, hasta $ 271.387 anuales.
Para trabajadores que devenguen más de 3 SMLMV, hasta $106.051 anuales. |
OTROS BENEFICIOS, SUBSIDIOS Y AUXILIOS:
BENEFICIO |
VALOR 2008 |
SUBSIDIO FAMILIAR ESPECIAL |
El trabajador recibirá en el mes de enero de cada año un subsidio familiar especial por $ 39.768 por cada beneficiario a que tenga derecho e inscrito de conformidad con las disposiciones legales que regulan el subsidio familiar ordinario que cubre la Caja de Compensación Familiar. |
BENEFICIOS EN MATERIA DE CAPACITACIÓN, EDUCACIÓN Y CULTURA
PARA TRABAJADORES QUE DEVENGAN MAS DE 4 SMLMV
BENEFICIO |
VALOR 2008 |
Educación Preescolar |
$141.842 |
Educación Primaria |
$185.588 |
Educación Secundaria |
$344.663 |
Educación Superior: |
$861.661 |
Educación Especial |
$298.267 |
PARA TRABAJADORES QUE DEVENGAN HASTA 4 SMLMV
BENEFICIO |
VALOR 2008 |
Educación Preescolar |
$183.569 |
Educación Primaria |
$238.640 |
Educación Secundaria |
$440.567 |
Educación Superior: |
$1`101.419 |
Educación Superior cuando sea el trabajador quien estudie |
$1`174.847 |
Educación Especial |
$330.426 |
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